Estado de Carátula
1. Inscripción de Propiedades
Se requiere presentar los siguientes documentos:
* Copia autentica del tí­tulo respectivo o de la sentencia o decreto judicial. El Conservador admitirá como copia autentica toda copia autorizada con las solemnidades legales por el notario o funcionario competente.
* Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al dí­a.
* Formulario 2890 del SII suscrito por el notario que entregó la escritura pública. En caso de inscribir por resolución judicial, el Conservador provee de dicho formulario.
2. Inscripción de Posesión Efectiva

Hay que distinguir entre herencias testadas y abiertas en el extranjero; y las intestadas y abiertas en Chile.
En el caso de que el causante no haya testado; se debe acudir al Servicio de Registro Civil y solicitar la Posesión Efectiva. Cumplido este trámite, debe presentar la documentación obtenida para que se realice la inscripción por el Conservador.
En cuanto a las herencias testadas y las abiertas en el extranjero; deben ser tramitadas ante el tribunal por un profesional competente y una vez completado el proceso, la documentación es remitida a este oficio por un receptor judicial, el cual tramita la inscripción.

La documentación requerida en este último caso es la siguiente:
* Copia del testamento.
* Copia de la posesión efectiva.
Ambas copias deben estar debidamente autorizadas y legalizadas.

4. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes

Se requiere presentar los siguientes documentos:

* Escritura de constitución de gravamen.
* Certificado de contribuciones al dí­a o certificado de avalúo fiscal vigente en caso de encontrarse exento de contribuciones.

5. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones

Se requiere presentar los siguientes documentos:

* Escritura de constitución de la prohibición.
* No se requiere acreditar las contribuciones al dí­a.

6. Inscripciones de Comercio (Sociedades, Mandatos o Actas)
Han de proporcionarse dos extractos de la escritura de constitución o modificación según sea el caso y el Diario Oficial del dí­a en que se publicó el extracto para anotar la subinscripción al margen. Si se desea inscribir un mandato o acta, se debe acompañar la reducción a escritura pública respectiva.
7. Inscripción de Prendas

Se requiere presentar los siguientes documentos:

* Escritura de constitución de la prenda.
* En caso contrato privado, se deben presentar dos copias.

8. Inscripción de Propiedad de Aguas

Se requiere presentar cualquiera de los siguientes documentos

* Escritura de compraventa.
* Expediente de la resolución judicial.
* Reducción a escritura pública de la resolución de la Dirección General de Aguas.
* Expediente en el caso de existir herencia.

9. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Aguas
Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
10. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Aguas
Se requiere presentar la escritura de constitución de la prohibición o, en su defecto, la resolución judicial.
11. Inscripción de Descubrimiento de Minas
Se requiere presentar la resolución judicial.
12. Inscripción de Propiedad de Minas

Se requiere presentar los siguientes documentos:

* Escritura.
* Sentencia de explotación donde se debe proporcionar la resolución judicial y el acta de mensura otorgada por el Servicio de Minerí­a. Además debe presentar la publicación del extracto en el boletí­n de minerí­a de Santiago y su respectivo plano.

13. Inscripción de Hipotecas y Gravámenes de Minas
Se requiere presentar la escritura de constitución de gravamen o, en su defecto, la resolución judicial.
14. Inscripción de Prohibiciones e Interdicciones de Minas
Se requiere presentar la escritura de constitución de la prohibición o, en su defecto, la resolución judicial.
15. Inscripción de Accionistas de Minas

Se requiere presentar los siguientes documentos:

* Resolución judicial de las sociedades que se forman por el sólo ministerio de la ley.
* Escritura de la sociedad cuando dichas sociedades ya estí©n constituidas.

16. Solicitar Copias o Certificados
Se deben indicar los datos de la inscripción, son del caso: fojas, número y año; y el registro al que se refiere la solicitud en cuestión. Respecto a las copias debe averiguar, además, el número de carillas que tiene la inscripción, dato que se le proporcionará en este oficio.
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